OIBC
Los Países Miembros de la Comunidad Andina han definido en el artículo 129 del Acuerdo de Cartagena, que “la identidad cultural y la formación de valores ciudadanos para la integración andina, así como la participación plena del habitante en el proceso subregional, constituyen objetivos de desarrollo social de la población andina”. Para la consecución de este objetivo, el mismo Acuerdo de Cartagena, en su artículo 131, dispone el emprendimiento de acciones orientadas a difundir un mayor conocimiento del patrimonio cultural, histórico y geográfico de la Subregión, de su realidad económica y social y del proceso de integración andino. El siguiente resumen cómo se van a articular y gestionar entre los años 2010-2015 aquellos proyectos y planes relacionados con las industrias culturales andinas.
Proyecto de Plan Andino de industrias culturales 2010-2015
La Decisión 588 sobre la protección y recuperación de bienes del patrimonio cultural de los Países Miembros de la Comunidad Andina, encomendó al Comité Andino de Lucha contra el Tráfico Ilícito de bienes culturales, presentar una recomendación al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores relativa a la factibilidad de crear un Fondo Común para la recuperación y repatriación de bienes culturales patrimoniales de la Comunidad Andina al País Miembro de origen.
Reflexiones para la creación de un fondo para la restitución de bienes culturales
Mostrando un total de 2
Atrás